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domingo, 4 de julio de 2010

Fallos del TC pueden servir para desarrollar consultas hasta que se promulgue la ley

Pedro Grandez, catedrático de UNMSM

Pedro Grandez Castro, director de la Clínica Jurídica de la Facultad de Derecho de la UNMSM indicó que el tema de la consulta pasa por establecer estándares y principios mínimos.

CompartirConsulta y posibilidades de desarrollo

Consulta y posibilidades de desarrollo
Inicio Ideeleradio.- Las resoluciones del Tribunal Constitucional (TC) que están referidas al derecho a la consulta de los pueblos indígenas pueden servir como herramienta para desarrollar este mecanismo en algunos casos específicos hasta que se promulgue la ley, sostuvo Pedro Grandez Castro, director de la Clínica Jurídica de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM).

“Eso es muy relevante porque desde los medios de difusión se tiende a mirar solo el fallo de la sentencia del TC y no se toma en cuenta que los tribunales son ‘altas cortes’ […], y lo relevante son los argumentos que desarrolla en los fundamentos de las sentencias”, manifestó en el programa “No Hay Derecho” de Ideeleradio.

“En el caso nuestro, la interpretación del TC sobre la Constitución y el Convenio 169, resulta relevante de cara a lo que podríamos llamar los estándares mínimos en materia de protección de las comunidades y creo que se puede construir algunos tramos a partir de la fundamentación que hay en dos o tres sentencias relevantes sobre el derecho a la consulta previa, con información transparente y neutral en el caso del gobierno, y con respeto de las lenguas [de los pueblos indígenas]”, agregó.

El catedrático indicó que el tema de la consulta pasa por establecer estándares y principios mínimos que tampoco implique cerrar las posibilidades de desarrollo. Sostuvo que la inversión extranjera no es el único que tiene que emitir un pronunciamiento, porque este es un aspecto que involucra al gobierno y la representación de comunidades indígenas.

Recordó que en un último coloquio internacional se analizó el tema del derecho constitucional de los pueblos indígenas frente a la inversión minera, en el marco de un espacio de colaboración entre la Clínica Jurídica de la UNMSM y la Universidad de Boston, y que pudieron conocer experiencias de Canadá y Guatemala.

“Se evaluaron experiencias como la de Guatemala, donde la inversión minera ha confrontado directamente con problemas muy cercanos a los nuestros, con comunidades que viven del entorno, de los recursos naturales y donde la inversión minera parece avasalladora y casi con pocos controles, debido a la fragilidad institucional que se muestra incapaz de ponerle reglas mínimas a estos capitales”, declaró.

“El tema de la consulta que él [Shin Imai, profesor de la Universidad de Boston] analizó en su exposición, presentaba matices en distintos contextos y pareciera ser que la discusión se centra en estos tiempos en cuál es el punto medio, si es una consulta informativa, donde como –él decía– hay modelos de consulta, un modelo donde uno va a un auditorio donde uno recibe gorritos o lapiceros y se retira y de pronto la empresa dice que ya hizo consulta. Y otros modelos, donde hay más diálogo, de la mano con lo que ha dicho el TC, el punto de la consulta es el consentimiento informado, recogiendo las expectativas de los que participan en este proceso”, concluyó.

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