Datos personales - Centro Federado de Derecho - Unasam

Organización democrática de representación gremial de los estudiantes de la FDDCCPP - UNASAM. Tiene por finalidades realizar actividades que contribuyan a la mejora de la escuela promoviendo el trabajo conjunto y coordinado con los estudiantes de base, además de canalizar las inquietudes de estos a las autoridades, defender sus derechos y representarlos ante directivos y otros estamentos. La Junta Directiva que dirige el CENTRO FEDERADO cada año tiene como deber escuchar los lineamientos de bases para condicionar su accionar. Está compuesta por 5 secretarías, pero la autoridad máxima de decisión es la Asamblea General de Estudiantes.

sábado, 4 de septiembre de 2010

Cambiaron la ley para exportar gas

Maniobras. Modificaron la ley 28634 del impuesto a la renta. Los expertos sostienen que es la modificación de una ley con nombre propio, sin un sustento técnico. Piden se derogue porque genera pérdidas al fisco.

La exportación del gas de Camisea por Perú LNG se logró a toda costa debido a que se realizaron diversas maniobras legales, entre ellas la modificación de la Ley 28634 del Impuesto a la Renta, señalan diversos expertos consultados por La República.

Para Aurelio Ochoa, experto en temas de hidrocarburos, la Ley 28634 tiene nombre propio, la cual fue promulgada el 2 de diciembre del 2005 con la única finalidad de que se lleve el gas del Perú hacia México.

Y es que, según explica el experto, esta norma está dirigida a beneficiar a una sola empresa, ya que el texto explícitamente señala que es para bienes destinados a su exportación cuyos contratos sean mayores a 15 años, y además los precios tomen como referencia el Henry Hub.

“¿Quién es la única empresa que exporta con el Henry Hub y tiene un contrato mayor a 15 años? La única empresa que tiene ello es Perú LNG”, respondió Ochoa.

El experto indicó que esta ley le permite a Perú LNG sacarle la vuelta a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), ya que a dicha entidad no se le permite verificar el precio de exportación del gas.

“Cuando cualquier empresa exporta, la Sunat puede comprobar el precio al cual se ha vendido el producto, pero en este caso se le ha impedido a la Sunat hacer este tipo de seguimiento. Simplemente, la Sunat se tiene que remitir a lo que declara Perú LNG por la exportación del gas”, sostiene.

En ese sentido, Carlos Herrera Descalzi, ex ministro de Energía y Minas, manifiesta que el cambio de esta ley nunca tuvo un documento con sustento técnico.

“Esta ley ha sido hecha a dedo para Perú LNG. Se modificó sin nunca tener una justificación. El Ministerio de Energía y Minas nunca demostró que la exportación del gas fuera de interés para el Perú, solo se tomo como un dogma haciendo creer al país que la exportación del gas era fundamental, y en base a ello cambiaron toda la estructura diseñada para la seguridad energética del Perú”, dijo.

Está incluido en el convenio

Una vez hecha la modificación de la ley, beneficiando así a Perú LNG, en el 2006 con las maniobras legales listas, se llevó a cabo la firma del convenio de inversión para la instalación, operación y mantenimiento de la planta de procesamiento de gas natural entre el Estado peruano y dicha empresa.

Y es en la cláusula quinta del acápite 5.10, referido a tributos, en el que se hace mención a esta Ley 28634 (ver infografía).

Esta modificación se dio cuando Pedro Pablo Kuczynski era premier y forma parte de la trama “lobbysta” para exportar los regalos de Dios que nos dejó la Shell.

Cabe indicar que esta ley explícitamente señala: “Mediante Decreto Supremo se determinará el valor de mercado de aquellas transferencias de bienes efectuadas en el país al amparo de contratos cuyo plazo de vigencia sea mayor a 15 años, siempre que los bienes objeto de la transacción se destinen a su posterior exportación por el adquiriente...”.

Reacción

"Es una ley con nombre propio porque el único contrato en el que se menciona el Henry Hub es en el contrato de exportación de gas”.

Aurelio Ochoa

Experto en temas de hidrocarburos.

Generará altas pérdidas al fisco

Aurelio Ochoa, experto en temas de hidrocarburos, consideró necesario que la Ley 28634 se derogue, ya que, de lo contrario, implicaría que el Estado peruano deje de recaudar cientos de millones de dólares.

”Con esta ley, la empresa puede estar vendiendo el gas al precio que desee y sacarle la vuelta a la Sunat declarando algo ficticio. Al hacer esto, representaría al fisco la pérdida de cientos de millones de dólares, porque Perú LNG jamás va a declarar la realidad. No quedará claro cuáles son los ingresos de Perú LNG que debe contabilizar la Sunat”, afirmó.

Rivero Lazo se acoge a Decreto 1097 y pide archivar el caso Barrios Altos

IMPUNIDAD. Era Director de Inteligencia cuando se formó el Grupo Colina. Pedido del ex jefe militar se resolverá este lunes 6 y podría abrir las cárceles a los Colina. Todo está en manos de la justicia.

César Romero Calle.

El ex jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINTE) general (r) Juan Rivero Lazo solicitó a la 1ª Sala Penal Especial Anticorrupción el sobreseimiento (archivo) de su proceso judicial por la matanza de Barrios Altos.

Con ese pedido, presentado el viernes minutos antes del cierre de la atención del despacho judicial, se convierte en el primer procesado por violación de derechos humanos en acogerse al decreto legislativo (DL) 1097.

La solicitud de Rivero Lazo será evaluada y probablemente resuelta en la siguiente audiencia del juicio que se sigue al grupo Colina en la Base Naval del Callao, este lunes, 6 de setiembre.

Está previsto que en esa audiencia se dé por terminado el juicio y se programe la lectura de sentencia. Se desconoce cuál será el temperamento de las magistradas de la Sala Penal Especial, Inés Villa, Inés Tello e Hilda Piedra, frente al DL 1097.

La situación de Rivero ha sido defendida en varias oportunidades por el ministro de Defensa y promotor del DL 1097, Rafael Rey, como el de un oficial injustamente procesado por violación de DDHH.

Según la acusación fiscal, en la época en que Rivero dirigía la DINTE se creó el destacamento Colina. Rivero ha reconocido haber firmado diversos oficios disponiendo el pase de personal de inteligencia a disposición de los jefes de Colina.

Rivero Lazo se encuentra con libertad en el caso Barrios Altos, pero tiene órdenes de detención en otros casos, entre ellos la matanza de La Cantuta.

Dirán no al 1097

En tanto, trascendió que la Sala Penal Nacional, que tiene a su cargo los procesos por violación de DDHH, declararía inconstitucional e inaplicable el DL 1097.

“El sobreseimiento y prescripción no van a pasar, son inconstitucionales y lo han dicho el TC y la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, indicaron a La República jueces de este tribunal.

Anotaron que el sobreseimiento por vencimiento del plazo de la investigación no existe en el Código Procesal Penal del 2004 ni en ningún otra norma, “es un engendro jurídico”.

Sin embargo, los jueces sí estarían de acuerdo en otorgar libertad a los procesados por violación de derechos humanos siempre que demuestren arraigo en el país y que colaboren con la investigación.

“La mayoría de procesados por estos delitos están en libertad. El ex ministro aprista Agustín Mantilla, procesado por los crímenes atribuidos al grupo paramilitar Rodrigo Franco, está en libertad, es lo común en estos casos”, refirió la misma fuente.

Es posible que los procesados por este delito recurran a acciones de hábeas corpus, ante jueces provisionales o suplentes, en Lima o provincias, para lograr la aplicación del DL 1097.

Inconstitucionalidad

Por su parte, el grupo parlamentario Nacionalista denunció que el DL 1097 “afecta seriamente la igualdad ante la ley (...), pues estos beneficios vienen con nombre propio y se beneficia a un grupo determinado a pesar de la gravedad de los crímenes perpetrados”.

En este mismo contexto, el congresista Daniel Abugattás informó que presentará una acción de inconstitucionalidad contra esta norma, pues excede la competencia de las facultades concedidas al Ejecutivo.

Además, indicó que denunciará ante la Comisión de Ética al presidente de la Comisión de Justicia, Rolando Sousa, porque incluyó el tema procesal en las facultades concedidas, lo que ha beneficiado a clientes del estudio Nakazaki, del que formó parte.

El ministro Rey indicó que no se pretende dar impunidad sino que se archiven los casos donde no haya pruebas.

Aministía

Retroceso. “Los decretos legislativos adoptados en el Perú sientan las bases para una posible amnistía encubierta”, declaró Susan Lee, directora del Programa América de Amnistía Internacional (AI).

Convención. Los decretos contradicen la Convención sobre imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y lesa humanidad, y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, de los que el Perú es un estado parte.

Lo que dice el Decreto 1097

Variación de la detención o prisión preventiva por comparecencia bajo cuidado institucional: Depositados en los cuarteles policiales y militares, lo que deroga tácitamente los actuales requisitos para dictar orden de detención: suficiencia de pruebas, pena superior a un año y peligro de fuga.

Variación de la orden de captura de los prófugos: procesados ausentes y contumaces, por una caución económica. Además, el procesado deberá indicar cuánto puede pagar de caución o con una fianza personal.

Sobreseimiento de la causa por exceso del plazo formal de la Instrucción o de la Investigación preparatoria, lo que ha sucedido en la mayoría de los casos por las trabas para dar información. Además, se dispone la prescripción de los delitos.

domingo, 29 de agosto de 2010

Idele cumple 20 Años y presenta la edición Nº 200

cumple 20 Años y presenta la edición Nº 200

Hace 20 años Fujimori fue elegido Presidente Constitucional y Alemania se coronó campeón del Mundial Italia 90. La inflación nos devoraba y aún creíamos que Plutón era un planeta. La subversión nos dejaba sin luz y éramos millonarios. Teníamos millones de intis en los bolsillos. Augusto Ferrando era el más popular animador de TV de ese entonces y había prometido irse del país si cierto chinito ganaba las elecciones. Risas y Salsa era el programa de TV de mayor rating, y Panamericana, el canal más poderoso, mientras los sociólogos seguían interpretando y reinterpretando el fenómeno de la música chicha.

Hace 20 años nació también Ideele, como una alternativa de periodismo independiente y a la vez comprometido con la democracia y los derechos humanos, trabajando a contracorriente y con una vocación que podría calificarse como “suicida”.

A propósito de este aniversario, Ideele rebobina las cintas e invita a una serie de pensadores y analistas a reflexionar sobre los últimos 20 años de la sociedad peruana: José Luis Reñique, Luis Pásara, Marcos Cueto, Augusto Álvarez Rodrich, Jaime de Althaus, Rocío Silva, Aldo Panfichi, Francisco Sagasti, Luis Pásara, Carlos Conteras, entre otros.

Se abre un espacio de reflexión sobre temas variopintos escritos por diversos especialistas: la justicia, el futbol, el cine, las modernísimas patologías, los modernísimos inventos, la ¿i?rresponsabilidad social, el consumo, los cambios de Lima, las pulsiones de muerte, la controversia sobre la importancia de los medios digitales o la inflamación del Facebook. No puede perderse tampoco el artículo de Gustavo Gorriti, A 20 años de la estocada maestra, sobre el devenir de Sendero Luminoso.

La política se reinventó también en el mundo: Luis Jaime Cisneros escribe sobre ¿cómo ha cambiado la identidad de América y su relación con Estados Unidos? El presidente de Diálogo Interamericano Michael Shifter, desarrolla una mirada del cambio de Estados Unidos en las últimas dos décadas, Para mal y para bien. Hildegar Willer ensaya una visión distinta sobre Europa a través de sus Patios Traseros.

¿Cuál ha sido el hecho más importante de tu vida en estos últimos 20 años? ¿Cómo ves al Perú ahora? Ideele le pregunta a una serie de personajes jóvenes y no tan jóvenes: Zenaida Solís, Chema Salcedo, Jaime Cuadra Juan Carlos Fisher, Bruno Ascenso, Mauricio Fernandini, Jorge Pardo, Guido Lombardi y muchos más.

El número 4 es también un número importante en esta edición, pues son los que está cumpliendo en estas Fiestas Patrias Alan García II. No se pierda un análisis minucioso de lo que ha significado su mandato y lo que se avecina, con Carlos Basombrío, Cecilia Blume, Dan Collyns, Diana Ávila, Jorge del Castillo, Javier Diez Canseco, Federico Salazar, Carlos Melendez, Tony Zapata y Ernesto de la Jara.

¿Sabes el origen de la palabra "feminicidio"? Mejor que te lo cuente Carol Orlock, la persona que la inventó.

Ideele ahora adelanta las cintas y muestra divertidas reflexiones futurólogas sobre lo que podría pasar en los próximos 20 años. En Volver al Futuro, el útero de marita, Pedro Salinas, Carlos Bejarano y el Pulpo Paul, cuentan lo que vieron.

La mejor lectura… el mejor regalo, no se pierda este especial por los 20 años de la Revista Ideele. Léala también en http://www.revistaideele.com/.

La educación bilingüe en nuestro país

agosto 26th, 2010, Author: Milagros Merino Yep, Categories: General

El derecho a la educación se encuentra reconocido de manera universal y nuestro país no es la excepción. Se encuentra reconocido en el capítulo de derechos sociales y económicos de nuestra Constitución (además de convenios y tratados internacionales). En un sentido amplio, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona. Es un derecho básico que a lo largo de nuestras vidas nos permitirá acceder a otros derechos o beneficios que garantizarán nuestro desarrollo como individuos en la sociedad. Lamentablemente, a pesar de ser reconocido y valorado como uno de los derechos más importantes del hombre, la educación en nuestro país está lejos de ser una realidad para todos los peruanos.

Como mencionamos la educación es reconocida como un derecho social, esta clase de derechos permiten el cumplimiento de derechos fundamentales (le dan una dimensión material) y su finalidad es permitir la satisfacción de necesidades básicas del ser humano. Si el desarrollo de la educación en nuestro país ha sido limitado, imaginemos entonces cómo se encuentra la educación dirigida a los sectores indígenas. Uno de los casos más representativos, que permite demostrar el problema por el que atraviesa la educación bilingüe e intercultural en nuestro país, es el de la nota 14.

Durante esta década se emitieron los decretos supremos 023-2001-ED y 006-2007-ED y la Resolución Ministerial 017-2007-ED (para efectos prácticos se conocen como la base normativa de la nota 14). Este conjunto de normas estableció la nota 14 como nota mínima aprobatoria para ingresar a los institutos superiores pedagógicos. Los efectos de esta medida se hicieron evidentes cuando los postulantes provenientes de comunidades indígenas no lograban las notas mínimas aprobatorias —debido a las condiciones de su educación, el acceso a una educación de calidad es difícil en zonas rurales— los efectos no se hicieron esperar y al no tener postulantes de comunidades indígenas a los centros pedagógicos, disminuyó el número de profesores indígenas. Los más afectados fueron los niños de las comunidades indígenas que en la mayoría de casos dejaron de recibir educación bilingüe e intercultural (conocida como EBI).

Estas normas por el DS 004-2010-ED, Reglamento de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, que fue publicado el 26 de enero de 2010 en el diario oficial El Peruano. Sin embargo, la nota 14 fue restablecida el 13 de febrero de este año, mediante la Resolución Ministerial 024-2010-ED. Hasta el momento el problema no ha sido solucionado y el número de profesores indígenas continúa disminuyendo.

Es preocupante la disminución de los profesores bilingüe debido a la relevancia que tienen en el desarrollo de sus comunidades. Su labor permite transmitir a los alumnos educación en su lengua y la transmisión de valores culturales que son necesarios para la formación de una identidad en los niños indígenas. Como vemos el tema de educación necesita de una organización para tener vigencia efectiva, así que no solo es necesario que sea reconocidos en normas, también es necesario que exista una actuación estatal efectiva por medio de acciones que en este caso promuevan la educación bilingüe. Es importante recordar que el estado tiene una serie de deberes frente a las comunidades indígenas señalados en el Convenio 169 de la OIT[1], las disposiciones de este convenio tienen carácter vinculante, por esta razón las políticas y decisiones legales deben orientarse al cumplimiento del convenio, en este caso debe orientarse a la promoción de la educación bilingüe.

Finalmente, en el último informe presentado por UNICEF y el INEI el pasado 19 de agosto (Estudio sobre la niñez indígena en el Perú), se muestra un estudio detallado de la situación por la que atraviesa la niñez indígena en nuestro país, se enfoca en distintos aspectos como educación, salud, identidad entre otros. Es importante destacar el valor de este informe que permite demostrar las grandes desigualdades entre los niños peruanos por su origen.

Respecto al tema de educación encontramos cifras alarmantes[2]:

-El 78% de niños, niñas y adolescentes indígenas vive en situación de pobreza frente al 40% que habla castellano.
-La población infantil indígena de 3 a 5 años que asiste a un centro educativo bordea el 32%, mientras que el 55% de la niñez no indígena sí lo hace.

-El mayor porcentaje de abandono de estudios antes de haber terminado el año escolar se da en los centros educativos que tienen más estudiantes indígenas que en aquellos que tienen como lengua materna el castellano.
-La brecha de atraso escolar entre la población infantil quechua y los de lengua castellana es de 67% al llegar a los 18 años.

Esperamos que las autoridades tomen medidas que permitan solucionar las deficiencias educativas por los que atraviesan los niños de las comunidades indígenas en nuestro país.

¿Siete años de verdad y reconciliación?

Autor(a): Aarón Verona Badajoz

Este lunes 23 de agosto se dio inicio a la semana conmemorativa por los siete años de uno de los momentos más importantes de la reinstauración de la democracia en el Perú, la entrega del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (el Informe). Más allá de las merecidas celebraciones conmemorativas, desde Justicia Viva, cada año se plantea una reflexión no solo sobre el hecho mismo de la entrega, sino sobre el necesario balance que nos plantea el Informe como hito en base al cual medir: la reconciliación, como fin frente a los graves hechos que motivaron el mismo; y el nivel de democracia y respeto por los derechos humanos en nuestro país, luego del periodo de dictadura de los 90.

En ese sentido, hay avances que no se pueden obviar, pero desde que el Informe fuera dado (y especialmente durante este último gobierno) los retrocesos han sido muchos y muy acentuados. El primer punto que resalta este análisis es el de la judicialización de las graves violaciones de derechos humanos durante el periodo de violencia, es decir la “justicia” y la “verdad” propiamente dichas. Este punto se encuentra en un momento crítico[1], desde el 2006 hasta la fecha, la Sala Penal Nacional (SPN) ha emitido 19 sentencias en relación a casos de violaciones de derechos humanos (la mayoría denunciados por el Informe), absolviendo al 80% de los procesados (Los Laureles, Marco Barrantes, entre otros casos)[2].

Esto ha consolidado una jurisprudencia que pone en peligro los esfuerzos que llevaron a la justicia estos casos, y se inclina por la impunidad (especialmente en materia de “desaparición forzada”, cuya jurisprudencia ha cambiado en desmedro de la justicia): se desestiman pruebas que no sean directas, lo cual incide directamente en la responsabilidad de mandos militares; busca no calificar los hechos como de lesa humanidad a pesar del carácter sistemático de los hechos perpetrados por el Estado, etc. A esto se añaden los casos pendientes, cuya demora responde en parte a la falta de colaboración del Ministerio de Defensa, para brindar información; tal como sucede en el caso Putis.

En relación a la “reconciliación”, lamentablemente las perspectivas tampoco se han mostrado alentadoras, la reciente liberación y re encarcelamiento de Lori Berenson (condenada a 20 años, 15 de los cuales ya habría cumplido al momento de solicitar el beneficio de la semilibertad), ha demostrado que las heridas aún siguen abiertas. De igual forma los ataques y amenazas realizados contra Salomón Lerner, presidente de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, a fines del año pasado. De manera más específica, estas perspectivas se comprobaron con el cierre del Consejo de Reparaciones también a fines del año pasado, debido a la falta de presupuesto asignado por el Estado a esta institución, lo que constituyó un duro golpe para las miles de víctimas de la violencia, la mayoría en estado de pobreza. Es difícil considerar una reconciliación nacional, sin tomar en cuenta la reparación al sufrimiento de las víctimas del período de violencia.

Asimismo, la gran cantidad de conflictos sociales (producto de la afectación de derechos a población vulnerable, como la indígena), cuyo mal manejo y desinterés para mejorarlo, por parte del Estado, se evidenció trágicamente el 5 de junio del año pasado en Bagua; cuyo aniversario fue conmemorado por el Presidente de la República estatuyendo el “día del ron peruano”. Así, las víctimas de Bagua, fueron parte del más de un centenar de muertes civiles por responsabilidad del Estado, durante el actual gobierno, hasta diciembre del 2009.

Sin duda, hay un antes y un después del Informe; sin embargo, el camino que se está forjando en materia de protección de derechos fundamentales e institucionalidad democrática (durante el último gobierno en especial) nos indica que el impulso dado por el mismo no ha sido debidamente aprovechado en el camino. Actos estatales, como la creación de la Comisión Técnica Multisectorial, en julio de este año, que se encargará de planificar los mecanismos y procedimientos para la entrega de reparaciones individuales; parecen ser hechos rescatables pero aislados dentro de una tendencia opuesta del propio Estado.

No obstante este escenario, el trabajo coordinado de las distintas instituciones de la sociedad civil y especialmente de las víctimas del periodo de violencia y sus familiares, ha permitido que el impulso del Informe no se pierda. Se desarrolla una labor por la búsqueda de “verdad” y “justicia”, a través de la judicialización y defensa constante de casos; y de “reconciliación”, a través de campañas que sensibilicen a la población y promuevan el conocimiento del Informe como una herramienta crucial de nuestra historia. Los actos conmemorativos de esta semana, son parte de esta labor que todas y todos estamos llamados a compartir, y con la cual tenemos una responsabilidad. Pueden no haber sido siete años de la verdad y reconciliación que anhelábamos, pero ciertamente los han sido de una lucha inquebrantable por conseguirla.
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[1] Si bien la sentencia a Fujimori y la del desaparecido Ernesto Castillo Páez, constituyen grandes avances, estas se han convertido más bien en una excepción, dentro de los procesos de judicialización.

[2] Ver: Los retrocesos del proceso de judicialización de graves violaciones a los derechos humanos… las sentencias de la Sala Penal Nacional (estadísticas del link actualizadas hasta octubre del 2009).

El dictamen de allanamiento relativiza el contenido del derecho a la consulta

Autor(a): Renato Levaggi Tapia

La semana pasada manifestamos que el dictamen de allanamiento aprobado por mayoría en la Comisión de Constitución y Reglamento, el 6 de agosto pasado, podría configurar un escenario de derrota para los intereses de los pueblos indígenas en caso fuera aprobado por el pleno. En sentido inverso, expresamos nuestro convencimiento acerca de que la aprobación de la insistencia constituiría una respuesta positiva a las demandas y expectativas de los pueblos indígenas, además de una oportunidad para el Congreso de la República de actuar de manera inclusiva y respetuosa de los instrumentos internacionales ratificados, como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, por ejemplo.

En ese sentido, al no haberse discutido este asunto en el Pleno de la semana que pasó y en la medida que tampoco se discutirá esta semana, es pertinente realizar algunas críticas al contenido del dictamen de allanamiento. Ello con el propósito de emitir una opinión que no se confunda con una defensa a ciegas de la insistencia, pero que, ciertamente, está convencida de que el allanamiento implica un retroceso que relativiza el contenido del derecho a la consulta de los pueblos indígenas.

Algunos puntos que deben ser tomados en cuenta son los siguientes::

•En su artículo 2, el dictamen de allanamiento suprime el párrafo que en la Autógrafa de Ley aprobada inicialmente por el Congreso señalaba que "También corresponde efectuar la consulta respecto a los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional que afecten directamente estos derechos". Al considerar que el Convenio 169 de la OIT señala que "dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente", la supresión resulta limitativa de derechos.

•En el mismo artículo del allanamiento, se adiciona un párrafo que sostiene que "Las medidas legislativas de alcance general sólo serán consultadas en aquellos aspectos que impliquen una modificación directa de la situación jurídica de los pueblos indígenas, sobre temas de relevantes y de una manera sustancial". La primera parte de esta cita es claramente restrictiva del espectro de aplicación de la norma, ¿Qué sucedería, por ejemplo, ante una norma que prohíba el uso de un idioma nativo en alguna instancia estatal? Esta medida no modificaría, de manera directa la situación jurídica de los pueblos indígenas, pero, ciertamente les afectaría. Por otro lado, la vaguedad de la oración "sobre temas relevantes y de una manera sustancial" es más que evidente.

•Para terminar con el artículo 2, debemos mencionar que el señalar que "La consulta en materia de territorio sólo procede sobre las áreas asignadas en propiedad a los pueblos indígenas" no guarda relación con el Convenio 169 de la OIT cuando este indica que "los gobiernos deberán respetar la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan o utilizan de alguna otra manera".

•En el artículo 9 del allanamiento se ha eliminado la frase "Agotada la vía administrativa ante este órgano, cabe acudir ante los órganos jurisdiccionales competentes", refiriéndose a la decisión del órgano técnico especializado que evalúa el petitorio de consulta. Con ello se elimina una segunda instancia y se deja en manos del Estado la toma de decisión respecto a un asunto que tiene como partes a los pueblos indígenas por un lado y al propio Estado, por el otro.

•Finalmente, en el artículo 15 del allanamiento, referido a la decisión, se ha eliminado la protección establecida por la autógrafa original para los casos en que no se alcanzase un acuerdo: "corresponde a las entidades estatales adoptar todas las medidas que resulten necesarias para garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios". En su lugar, señala que "El Estado decidirá la ejecución de la medida, privilegiando el interés general y de la nación, estableciendo la participación de los pueblos indígenas en los beneficios y, en su caso, la indemnización equitativa por los daños que puedan sufrir". Debemos indicar que la previsión de beneficios e indemnizaciones se condice con el Convenio 169 de la OIT, pero, la supresión de la obligación estatal de adoptar medidas necesarias para la garantía de derechos es, por decir lo menos, innecesaria y podría tildarse de mal intencionada.

Esperamos que estas observaciones sean tomadas en cuenta por los congresistas para no optar por la aprobación de un dictamen que implica un serio retroceso respecto de la Autógrafa de Ley originalmente aprobada por ellos mismos. Implicaría además, como ya hemos mencionado, dar la espalda a las demandas indígenas que, a pesar de los problemas que el documento original pueda contener y que deberían ser subsanados posteriormente, han encontrado consenso en el mismo, han sido escuchadas por primera vez.

lunes, 9 de agosto de 2010

FIDEL REAPARECE EN LA ESCENA DE LA POLITICA INTERNACIONAL

La Habana, 7 ago (EFE).- El ex presidente cubano Fidel Castro afirmó hoy que existe una "profunda" esperanza de evitar una guerra entre EE.UU. e Irán, y propuso persuadir al mandatario estadounidense, Barack Obama, de no entrar en un conflicto nuclear porque sólo él puede tomar la decisión.
 Castro afirmó ante el Parlamento cubano que hace ocho semanas pensó que el "peligro inminente de guerra no tenía solución posible", pero ahora se ha percatado de que hay "una esperanza y muy profunda, por cierto".
El líder cubano expuso su análisis en un "mensaje" a los diputados durante una sesión extraordinaria de la Asamblea Nacional solicitada por él mismo para analizar la situación internacional y los peligros de una guerra nuclear.
Tras advertir el desastre que supondría un conflicto bélico de esa naturaleza, dijo que ahora tiene la "seguridad de que no será así" y que "se están creando en estos momentos las condiciones para una situación ni siquiera soñada hasta hace muy poco".
Como ejemplo, mencionó el caso de Gerardo Hernández, uno de los cinco agentes cubanos presos en EE.UU. por espionaje, cuya liberación de una celda de castigo esta semana interpretó como "un hecho que no se había producido en 12 años de implacable odio del sistema contra Cuba y contra él".
"Un hombre tendrá que tomar la decisión en solitario, el presidente de Estados Unidos. Con seguridad por sus múltiples ocupaciones no se ha dado cuenta todavía, pero sus asesores sí empiezan a comprenderlo", destacó Castro.
Según aseveró, Irán no cederá "un ápice" ante las exigencias de Estados Unidos e Israel, y Obama es quien tendría que ordenar "tan anunciado y pregonado ataque siguiendo las normas del gigantesco imperio".
Resaltó que, en el instante en que Obama tomara esa decisión, estaría "ordenando la muerte instantánea" de cientos de millones de personas, incluidos habitantes de su país y tripulantes de la flota norteamericana en los mares en torno a Irán.
No obstante, el líder cubano destacó que gracias al "azar" Obama es "un descendiente de africano y de blanco, de mahometano y cristiano, y no lo hará si se logra que tome conciencia de esto".
"Los líderes de los países más poderosos del mundo, aliados o adversarios, con excepción de Israel, lo exhortarían a que no lo haga", agregó.
En su opinión, la "ventaja" en el caso de Obama en comparación con anteriores mandatarios estadounidenses es que no es un "cínico" como Richard Nixon, ni un "ignorante" como Ronald Reagan.
Castro no había asistido a ninguna reunión de la Asamblea desde el año 2006, cuando enfermó y delegó la Presidencia del Gobierno a su hermano Raúl, quien asumió oficialmente el cargo en febrero de 2008.
A punto de cumplir 84 años el día 13 de agosto, el ex mandatario retornó en julio a la escena pública y ha realizado varias visitas y reuniones con diversos sectores del país.